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Carta Porte - Actualización de la Carta Porte de SAT #8 - información nueva del SAT

29 diciembre 2021

En nuestro compromiso de mantenerlos actualizados sobre el programa Carta Porte en México, esta comunicación es para compartir que el SAT ha publicado recientemente una actualización del programa Carta Porte.  

La fecha de implementación del 1 de enero se mantiene; las multas se aplazan hasta el 31 de marzo de 2022: 
Como les comunicamos el 23 de diciembre de 2021, de acuerdo con la normatividad emitida por SAT, KCS requerirá que todos los embarcadores en México se adhieran a los nuevos códigos de mercancías del SAT y a los requisitos de este programa a partir del 1 de enero de 2022, sin embargo, el SAT ha indicado un "período sin multas" en el que las sancionesi no se aplicarán sino hasta el 31 de marzo de 2022. El detalle de la aplicación de las sanciones se puede encontrar en este documento en español.

Como referencia, KCS creó una herramienta de mapeo para facilitar la traducción del código STCC al código de mercancía SAT requerido. A menos que se comunique lo contrario o se transmita a través de EDI, esta es la "lógica" que se utilizará para los códigos de mercancías STCC a SAT.  

Pedimentos: 
El 24 de diciembre de 2021, se publicó en el Diario Oficial de la Federación , las Reglas Generales de Comercio Exterior 2022 sobre las cuales las reglas aplicables para agregar / proveer el “folio fiscal (Incluye CDFDI + Complemento Carta Porte)” al pedimento, serán obligatorias hasta 31 de marzo de 2022. Por lo tanto, así como sigue siendo para el tráfico transfronterizo en dirección norte, el proceso de Despacho de MX continuará funcionando a través del Manifiesto Ferroviario (VUCEM) como lo hace actualmente. En los casos en que la Carta Porte requiera un pedimento en dirección sur, KCSM lo recibirá del Manifiesto Ferroviario (VUCEM). Continuaremos evaluando este proceso y brindaremos actualizaciones a medida que haya más información disponible.

Usted tiene nuestro compromiso de seguir trabajando con las autoridades mexicanas, así como con nuestros embarcadores para asegurar que se les informe de cualquier actualización de este proyecto que pueda afectar a su futuro envío transfronterizo. A medida que tengamos más información, la compartiremos con ustedes.   

Si tiene alguna pregunta sobre este programa, no dude en ponerse en contacto con nuestro Centro de Soluciones para Clientes de KCSM o con su Ejecutivo de Cuentas de Ventas, que estará encantado de responder a sus preguntas.  

Gracias por ser un cliente leal de Kansas City Southern y esperamos seguir sirviéndole.

i KCSM no iniciará el transporte de mercancías, ni las recibirá en intercambio de otros transportistas, sin tener la información necesaria de los embarcadores que permita a KCSM emitir la carta porte y la factura, previo a la prestación del servicio de transporte ferroviario de mercancías, incluyendo cualquier servicio que provea un tercero contratado por el cliente o restricciones impuestas por cualquier entidad gubernamental mexicana.   Nuestra expectativa es que nuestros clientes también trabajen para cumplir plenamente con la normativa, de manera que no haya riesgo de retrasos en los envíos, ni cargos o penalizaciones adicionales.  Los embarcadores reembolsarán e indemnizarán a KCSM por las pérdidas y daños causados, así como por los costos y gastos incurridos, como consecuencia de la inexactitud de la información proporcionada a KCSM por ellos o por sus representantes, incluyendo sin limitación, por las retenciones, sanciones y multas determinadas por las autoridades fiscales y aduaneras.