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Carta Porte #27 - Fin del periodo de gracia e introducción de nuevos campos obligatorios

January 12, 2024

Atención embarcadores MyKCS y EDI,

Nos gustaría actualizarlos sobre los cambios de Carta Porte que impactarán los envíos desde y hacia México. 

El 31 de diciembre de 2023, el "período de gracia" para Carta Porte terminó. Por lo tanto, a partir del 1 de enero de 2024, las sanciones relacionadas con la emisión incorrecta de Carta Porte pueden ser aplicadas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).  

Adicionalmente, para estar en total cumplimiento con las regulaciones de la Carta Porte, nuevos campos o segmentos son obligatorios para todos los embarcadores para completar para los embarques en México. Estos cambios entrarán en vigor el 14 de enero de 2024, para todos los envíos dentro de México.

Embarcadores MyKCS: 
Los clientes verán nuevos campos obligatorios en MyKCS al completar las instrucciones de envío. Estos campos adicionales son obligatorios para todos los envíos cargados y vacíos, así como para los envíos peligrosos (si procede) y deben ser cumplimentados por el embarcador para cumplir plenamente con la normativa de Carta Porte. El no proporcionar estos datos adicionales puede resultar en la imposición de sanciones por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), incluyendo multas, retrasos en el envío y/o embargo de mercancías. 

Estos nuevos campos obligatorios son 
•    Código de empaque de la Unidad de SAT MX
•    Código de empaque de MXHAZMAT
•    Se pueden ingresar múltiples UUID

Embarcadores EDI:
Los embarcadores EDI también deben cumplir con los segmentos de envío de Carta Porte correspondientes.  El no proporcionar estos detalles adicionales puede resultar en la imposición de sanciones por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), incluyendo multas, retrasos en el envío y/o embargo de mercancías.

Para todos los embarcadores, CPKC ha creado una sección completa de Preguntas Frecuentes sobre Carta Porte (FAQ) en nuestro sitio web (inglés) en la pestaña Carta Porte. Además, en MyKCS, en la sección Manuales, tutoriales en vídeo y descripciones, se puede encontrar una ayuda de trabajo para las instrucciones de envío intermodal y de carga de Carta Porte.

Además de las instrucciones de envío anteriores, hemos programado dos seminarios web (uno por día) para el 12 de enero de 2024, y el 15 de enero de 2024. Haga clic en los enlaces siguientes para inscribirse en el seminario web de Carta Porte.

Hoy, el 12 de enero de 2024 de 13:00 a 13:30 CST https://attendee.gotowebinar.com/register/3324129751478792287
Lunes, el 15 de enero de 2024 de 15:00 a 15:30 CST https://attendee.gotowebinar.com/register/6982365465787220825

Como recordatorio, los requisitos de la Carta Porte se aplican a todas las empresas de envío (líneas de carga aéreas, de camiones, marítimas, de ferrocarriles, etc.). Esto se aplica a los envíos transfronterizos, internacionales y domésticos en México. Esto reemplaza cualquier disposición en contrario que exista en alguna regla, tarifa, tasa o contrato publicado o ingresado previamente por CPKCM.

Si tiene alguna pregunta sobre este programa, no dude en contactarse con nuestro Centro de soluciones para clientes de México o con su Ejecutivo de Ventas, quien estará encantado de responder sus preguntas. 

Gracias por ser un cliente leal a CPKC. Esperamos continuar sirviéndole.

CPKCM no iniciará el transporte de mercancías, ni las recibirá en intercambio de otros transportistas, sin tener la información necesaria de los embarcadores que permita a CPKCM emitir el complemento carta porte y la factura, previo a la prestación del servicio de transporte ferroviario de mercancías, incluyendo cualquier servicio que provea un tercero contratado por el cliente o restricciones impuestas por cualquier entidad gubernamental mexicana. Nuestra expectativa es que nuestros clientes también trabajen para cumplir plenamente con la normativa, de manera que no haya riesgo de retrasos en los envíos, ni cargos o penalizaciones adicionales. Los embarcadores reembolsarán e indemnizarán a CPKCM or las pérdidas y daños causados, así como por los costos y gastos incurridos, como consecuencia de la inexactitud de la información proporcionada a CPKCM por ellos o por sus representantes, incluyendo sin limitación, por los costos de consignación, retenciones, sanciones y multas determinadas por las autoridades fiscales y aduaneras.