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Carta Porte #28 - Nuevos campos obligatorios para Carta Porte 3.0

February 20, 2024

A partir del 1 de abril de 2024, El Servicio de Administración Tributaria de Mexico (SAT) hará cumplir los requisitos de Carta Porte 3.0 para todo el tráfico ferroviario, incluido el intermodal, el automotriz y el de carga general.

Para ayudar a nuestros clientes a prepararse para estos cambios, se ha publicado nueva información acerca de los campos obligatorios en la sección Carta Porte de la página de creación de guías para MyKCS. Es importante recalcar que el incumplimiento de los requisitos de Carta Porte 3.0 podría dar lugar a la aplicación de sanciones emitidas por la Autoridad Fiscal de México y las autoridades aduaneras, incluidas multas, retrasos en el envío y/o incautación de mercancías.

Los cambios relevantes en la documentación ferroviaria de la Carta Porte 3.0 para los clientes incluyen:

  • Un rol adicional del IMPORTADOR (N1*IM) como obligatorio versus opcional para todo el tráfico internándose a Mexico ya sea por tierra o mar.
    • La Guía de referencia de para el Registro Federal de Contribuyentes (RFC - MX TaxID) de CPKC está disponible aquí (página 4 por español).
  • Será requerido el RFC del importador, especificado en REF*TJ cuando se utiliza un importador.
  • Segmento N9 adicional de Tipo de Material (MMT = N9*MMT*QUALIFIER del catálogo c_TipoMateria del SAT)


Nota: Para consultas sobre cambios en el standard Carta Porte 3.0, consulte el siguiente enlace que dirige a la sección Complemento Carta Porte publicada a través del sitio web del SAT. Los esquemas XML también se reflejarán en la misma página que los catálogos publicados.

A partir del 1º de marzo de 2024, proporcionaremos materiales de capacitación con instrucciones detalladas (incluidas capturas de pantalla) sobre cómo utilizar eficazmente cada uno de los nuevos campos.

Información adicional:

  • Para revisar las preguntas frecuentes sobre Carta Porte, haga clic aquí (seleccione la pestaña “CPKC Carta Porte”)
  • Para acceder a la guía EDI, haga clic aquí (inglés). 
  • Si necesita detalles sobre los envíos de facturación EDI, comuníquese con EDI Services de la siguiente manera:


Clientes originales de KCS y KCSM, comuníquese con EDI Support.  

Si tiene alguna pregunta sobre este programa, póngase en contacto con el Centro de Soluciones para Clientes de CPKC México o con su Ejecutivo de Cuenta de Ventas, quien con gusto responderá a sus preguntas.
Gracias por elegir CPKC.

KCSM no iniciará el transporte de mercancías, ni las recibirá en intercambio de otros transportistas, sin tener la información necesaria de los embarcadores que permita a KCSM emitir el complemento carta porte y la factura, previo a la prestación del servicio de transporte ferroviario de mercancías, incluyendo cualquier servicio que provea un tercero contratados por el cliente o restricciones impuestas por cualquier entidad gubernamental mexicana. Nuestra expectativa es que nuestros clientes también trabajen para cumplir plenamente con la normativa, de manera que no haya riesgo de retrasos en los envíos, ni cargos o penalizaciones adicionales. Los embarcadores reembolsarán e indemnizarán a KCSM por las pérdidas y daños causados, así como por los costos y gastos incurridos, como consecuencia de la inexactitud de la información proporcionada a KCSM por ellos o por sus representantes, incluyendo sin limitación, por los costos de consignación, retenciones, sanciones y multas determinadas por las autoridades fiscales y aduaneras.