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Carta Porte #29 - Nuevos campos obligatorios para Carta Porte 3.0

March 25, 2024

A partir del 1 de abril de 2024, la Autoridad Tributaria Mexicana (SAT) estará aplicando los requisitos de Carta Porte 3.0 para todo el tráfico ferroviario, incluyendo intermodal, automotriz y carga. 

Para apoyar a nuestros clientes en la preparación para estos cambios, hemos creado materiales de entrenamiento ubicados aquí

Para prepararse para la fecha límite del 1 de abril, pueden comenzar a completar estos campos ahora. Como recordatorio, los campos son: parte importadora, ID del importador y tipo de materiales mexicanos. Si tienen preguntas al respecto, por favor consulten la comunicación previa de Carta Porte aquí. El incumplimiento de los requisitos de Carta Porte 3.0 podría resultar en la imposición de sanciones por parte de la Autoridad Tributaria Mexicana y las autoridades aduaneras, lo que podría resultar en multas, posibles retrasos en el envío y/o la confiscación de mercancías. 

Información adicional: 

  • Para revisar las preguntas frecuentes de Carta Porte, hagan clic aquí (y seleccionen la pestaña "CPKC Carta Porte"). 
  • Para acceder a la guía de EDI, hagan clic aquí (en inglés). 

Si desea más información sobre el envío de documentación por EDI, póngase en contacto con los Servicios EDI por favor contacte a edisupport@kcsouthern.com
 
Si tiene alguna pregunta sobre este programa, póngase en contacto con vozdelcliente@kcsms.com.mx o póngase en contacto con su Ejecutivo de Cuenta de Ventas que estará encantado de responder a cualquier pregunta.    

Gracias por elegir CPKC. 


CPKCM no iniciará el transporte de mercancías, ni las recibirá en intercambio de otros transportistas, sin tener la información necesaria de los embarcadores que permita a CPKCM emitir el complemento carta porte y la factura, previo a la prestación del servicio de transporte ferroviario de mercancías, incluyendo cualquier servicio que provea un tercero contratado por el cliente o restricciones impuestas por cualquier entidad gubernamental mexicana. Nuestra expectativa es que nuestros clientes también trabajen para cumplir plenamente con la normativa, de manera que no haya riesgo de retrasos en los envíos, ni cargos o penalizaciones adicionales. Los embarcadores reembolsarán e indemnizarán a CPKCM por las pérdidas y daños causados, así como por los costos y gastos incurridos, como consecuencia de la inexactitud de la información proporcionada a CPKCM por ellos o por sus representantes, incluyendo sin limitación, por los costos de consignación, retenciones, sanciones y multas determinadas por las autoridades fiscales y aduaneras.