August 23, 2022
Atención usuarios de EDI:
Anteriormente comunicamos que, a partir del 1 de septiembre de 2022, se requerirán datos válidos de Carta Porte en su transmisión EDI 404 y que los datos de Carta Porte que falten o sean erróneos resultarán en rechazos de la guía ferroviaria. Nos gustaría extender nuestro sincero agradecimiento a todos aquellos que han sido capaces de proporcionar la información requerida desde la última vez que nos comunicamos.
Ayer, el SAT publicó una ampliación del “período de gracia” durante el cual no se aplicarán las sanciones de Carta Porte. El período de gracia se ha extendido hasta el 31 de diciembre de 2022.
En línea con la extensión del SAT, la fecha límite de KCS del 1 de septiembre de 2022, que requiere datos válidos de Carta Porte en las transmisiones EDI 404, se extiende ahora hasta el 1 de noviembre de 2022. Aunque la fecha se ha ampliado, recomendamos a nuestros clientes que continúen con sus esfuerzos para cumplir con la normativa lo antes posible.
Todo el contenido, las actualizaciones, las fechas, el material de capacitación, los enlaces a recursos y las comunicaciones relacionadas con Carta Porte se pueden encontrar en la página de Carta Porte dedicada en nuestro Centro de Recursos de Ferrocarril en nuestro sitio web.
Como recordatorio, los requisitos de la Carta Porte se aplican a todas las empresas de transporte (aerolíneas de carga, autotransportes, navieras, ferroviarias, etc.). Esto se aplica a los envíos transfronterizos, internacionales y nacionales en México. Estos sustituyen cualquier disposición en contrario que pueda existir en cualquier norma, tarifa, tasa o contrato previamente publicado o celebrado por KCSM.
Si tiene alguna pregunta sobre este programa, no dude en ponerse en contacto con nuestro Centro de Soluciones para Clientes de KCSM o con su Ejecutivo de Cuentas de Ventas, que estará encantado de responder a sus preguntas.
Gracias por ser un cliente leal de Kansas City Southern y esperamos seguir sirviéndole.
i KCSM no iniciará el transporte de mercancías, ni las recibirá en intercambio de otros transportistas, sin tener la información necesaria de los embarcadores que permita a KCSM emitir el complemento carta porte y la factura, previo a la prestación del servicio de transporte ferroviario de mercancías, incluyendo cualquier servicio que provea un tercero contratados por el cliente o restricciones impuestas por cualquier entidad gubernamental mexicana. Nuestra expectativa es que nuestros clientes también trabajen para cumplir plenamente con la normativa, de manera que no haya riesgo de retrasos en los envíos, ni cargos o penalizaciones adicionales. Los embarcadores reembolsarán e indemnizarán a KCSM por las pérdidas y daños causados, así como por los costos y gastos incurridos, como consecuencia de la inexactitud de la información proporcionada a KCSM por ellos o por sus representantes, incluyendo sin limitación, por los costos de consignación, retenciones, sanciones y multas determinadas por las autoridades fiscales y aduaneras.