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Carta Porte #23 y CFDI #8 - Se amplían los periodos de gracia del SAT

December 01, 2022

Atención a los embarcadores de KCSM, 

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha comunicado recientemente las ampliaciones de los "periodos de gracia" de los programas Carta Porte y Documento Fiscal Digital (CFDI) 4.0. 

  • El ‘periodo de gracia’ de Carta Porte se ha extendido del 1 de enero de 2023 al 1 de agosto de 2023.  Esto marca la nueva fecha en la que se aplicarían las sanciones* relacionadas con la emisión incorrecta del complemento Carta Porte. 
  • El ‘periodo de gracia’ del CFDI 4.0 se ha ampliado del 1 de enero de 2023 al 1 de abril de 2023.  

Ambas disposiciones fueron publicadas en la versión anticipada de la Décima Modificación a las Reglas Misceláneas Fiscales de 2022 en la página del SAT el 25 de noviembre de 2022.  La modificación del CFDI se puede encontrar en el segundo párrafo y la Carta Porte en el tercer párrafo del Artículo Segundo de la Publicación aquí.  
 
Nos gustaría extender nuestro sincero agradecimiento a todos aquellos que han sido capaces de proporcionar la información requerida tanto para el programa Carta Porte como para el CFDI desde la última vez que nos comunicamos.  Si bien la prórroga otorgada por el SAT permitirá un tiempo adicional para evitar sanciones, en KCS seguimos trabajando dentro de las fechas que hemos comunicado previamente para cada programa.  No tenemos planes de extender las fechas de vencimiento de nuestros clientes.  

Como recordatorio, todo el contenido, las actualizaciones, las fechas, el material de capacitación, los enlaces a recursos y las comunicaciones relacionadas con Carta Porte se pueden encontrar en la página de Carta Porte dedicada en nuestro Centro de Recursos de Ferrocarril en nuestro sitio web. 

Los requisitos de la Carta Porte se aplican a todas las empresas de transporte (aerolíneas de carga, autotransportes, navieras, ferroviarias, etc.). Esto se aplica a los envíos transfronterizos, internacionales y nacionales en México. Estos reemplazan cualquier disposición de lo contrario que pueda existir en cualquier norma, tarifa, tasa o contrato previamente publicado o celebrado por KCSM.

Si tiene alguna pregunta sobre este programa, no dude en ponerse en contacto con nuestro Centro de Soluciones para Clientes de KCSM o con su Ejecutivo de Cuentas de Ventas, que estará encantado de responder a sus preguntas.

Gracias por ser un cliente leal de Kansas City Southern y esperamos seguir sirviéndole.

* KCSM no iniciará el transporte de mercancías, ni las recibirá en intercambio de otros transportistas, sin tener la información necesaria de los embarcadores que permita a KCSM emitir el complemento carta porte y la factura, previo a la prestación del servicio de transporte ferroviario de mercancías, incluyendo cualquier servicio que provea un tercero contratados por el cliente o restricciones impuestas por cualquier entidad gubernamental mexicana. Nuestra expectativa es que nuestros clientes también trabajen para cumplir plenamente con la normativa, de manera que no haya riesgo de retrasos en los envíos, ni cargos o penalizaciones adicionales. Los embarcadores reembolsarán e indemnizarán a KCSM por las pérdidas y daños causados, así como por los costos y gastos incurridos, como consecuencia de la inexactitud de la información proporcionada a KCSM por ellos o por sus representantes, incluyendo sin limitación, por los costos de consignación, retenciones, sanciones y multas determinadas por las autoridades fiscales y aduaneras.